Crónicas de Villas de La Ventosa (Cuenca)
jueves, 15 de enero de 2026
viernes, 9 de enero de 2026
domingo, 21 de diciembre de 2025
Recuerdos de otras épocas: los carniceros de La Ventosa en 1470
En estos días en los que
muchas mesas se llenarán de manjares, quiero recordar las antiguas tiendas que
tenían nuestros pueblos, en las que se dispensaban diversos productos sin
necesidad de tener que ir a las ciudades o a las grandes superficies.
En esta ocasión vamos a remontarnos hasta el año 1470, donde nos consta por un documento inquisitorial que el carnicero de La Ventosa era Alonso de Uterviejo, marido de Catalina Rubia. Con ocasión de intentar averiguar si Pedro Suárez de Toledo realizaba prácticas de judíos, se tomó testimonio a los carniceros citados anteriormente. Este importante personaje, sobrino de Alonso Álvarez de Toledo, contador mayor de Castilla, y primo de la mujer de Juan de Sandoval, vivió durante varios meses en La Ventosa huyendo de la peste que asolaba Cuenca, según manifestó.
El
testimonio de Alonso de Uterviejo y Catalina Rubia era de gran interés porque un
tal Zaragoza, criado de Pedro Suárez de Toledo, al ir a comprar pierna redonda
de carnero, pedía que le quitaran la landrecilla, un nervio allí situado con la
grasa que había junto a él, práctica realizada por los judíos en memoria de
cuando el Ángel luchó con Jacob.
Finalmente, y después de numerosos testimonios acusatorios, Pedro Suárez de Toledo fue condenado en 1513. De este linaje converso también formó parte el doctor Fernando Díaz de Toledo, importantísimo personaje de su época, que ostentó los cargos de relator, oidor, refrendario, secretario y del consejo real, además de notario mayor de los privilegios, hasta su fallecimiento en 1457.
Felicitación de Navidad
Feliz Navidad y felices fiestas para todos y vuestras familias. Os deseo lo mejor para estos días y que empecemos bien el 2026
martes, 25 de noviembre de 2025
Orígenes de doña Francisca Sánchez (de Pisa), mujer de don Juan Hurtado de Sandoval, señor de La Ventosa en el siglo XVI
Los orígenes de doña
Francisca Sánchez, señora de La Ventosa en el siglo XVI no han estado nunca del
todo claros, existiendo diferentes versiones de los nombres tanto de su padre,
como de su madre. El motivo de este silencio planificado no es otro que ocultar
los orígenes conversos de la familia, descendiendo realmente del importantísimo
arrendador Fernando de Cuenca[1] y de su mujer doña María
de Pisa, relacionada igualmente con otros arrendadores conversos originarios de
Almagro.
Los orígenes familiares
de Fernando de Cuenca son bastante desconocidos hasta el momento, pero
parece que están muy relacionados con la ciudad de Huete, donde fue a vivir su
viuda junto con sus hijos después de la muerte de Fernando en 1521. Sus dos
hijas contrajeron matrimonio con los señores de La Ventosa y Villarejo de la
Peñuela, mientras que hay referencias igualmente de sus dos hijos varones
residiendo en Huete, siendo importante resaltar que doña María de Pisa no tenía
sus orígenes allí. Además de lo dicho, el criado principal y representante de Fernando era Juan de Liébana, hijo de García de Alcocer y doña María de
Liébana, converso con orígenes en Huete por parte paterna y de la villa de
Alcocer por la materna, familia con un importante potencial económico.
Fernando de Cuenca,
seguramente marchó de Huete en su juventud, pasando probablemente por Almagro,
como reflejan algunos documentos, y donde conocería a su futura mujer doña
María de Pisa. Siendo desconocidos sus orígenes, como se ha dicho
anteriormente, manejamos en estos momentos varias hipótesis en el caso de tener
relación con la ciudad de Huete, ambas relacionadas con un pasado judío. En
primer lugar, podría ser pariente del recaudador Pedro de Cuenca, natural de
Huete e hijo del escribano Alonso Díaz de Cuenca y de María López, ambos
juzgados por judaísmo, él absuelto y ella condenada en 1492. En segundo lugar,
sus orígenes podrían estar relacionados con Diego de Cuenca, natural de Huete,
que contrajo matrimonio con Leonor de Castro, siendo padres al menos del
licenciado Alonso Sánchez de Cuenca, natural de Huete[2] y abogado de la Real
Chancillería de Granada, benefactor con más de tres millones de maravedís de la
Cartuja de la Asunción de Granada y siendo el único seglar con entierro en
dicho lugar, más concretamente en la sala capitular de legos.
Es importante resaltar que la mujer de Diego de Cuenca era nieta del judío don Simuel Abolafia. Ambas hipótesis, sin poder confirmarlas fehacientemente, podrían explicar la marcha de Huete de Fernando de Cuenca, debido a ese pasado judío.
Asentado en Santiago de
Compostela con probabilidad antes del 1500, parece que tuvo varios cargos de
importancia en Jerez de la Frontera antes de esa fecha[3]. En 1508 se encontraba en
Galicia figurando como recaudador de las rentas de la reina doña Juana en la
ciudad y arzobispado de Santiago. Desde 1511 fue el arrendador y repartidor
mayor de las rentas del reino de Galicia, siendo arrendador del arzobispado de
Santiago, obispado de Orense, obispado de Lugo, lugares confiscados, obispado
de Mondoñedo, Vivero, Ponferrada, diezmos y aduanas de los tres obispados,
incluyendo Requena.
En 1515 se realizó una
Provisión Real dada en Plasencia en la que la reina doña Juana confirmaba a
Fernando de Cuenca en el cargo de arrendador de las rentas y alcabalas del
arzobispado de Santiago, de las ciudades de La Coruña, Betanzos, obispado de
Tuy y otros lugares[4].
Además de ello, en
arrendamientos adscritos a este importante personaje figuran también Valladolid
y su infantado, Cangas y Tineo, León y su partido, Segovia, Olmedo, Tercias de
Yepes, Tercias de Alcalá de Henares, Arcedianato de Talavera, Paños y joyas de
Valladolid, Lugo y su partido, Alfolí de Avilés, Castropol, Astorga y su
partido, Obispalía de Segovia, Madrigal y su partido, Bailía de Alcázar,
Partido de Uceda y Brihuega, Illescas y su partido, Alfolí de Llanes, Navia,
Abadías de San Isidro, Salamanca y su partido, Villa de Carrión, Salinas de
Espartinas, Villumbrales, Guadalajara y su partido, Asturias de Oviedo,
Maderuelo en León, Dezmerías de León, Arévalo y su partido, Sahagún
(encabezado), Alcalá de Henares y su partido, Talavera y su partido, Partido de
Zorita.
En 1519 Fernando de Cuenca fue el principal negociador en la postura de las rentas del reino, dentro del importante programa fiscal diseñado por Carlos I. A pesar de aparecer él como el principal postor, es cierto que detrás se encontraban otros arrendadores principales del reino, ya que el repartimiento final ascendió a una cantidad cercana al millón de ducados[5].
Firma de Fernando de Cuenca[6]
En una Provisión de la
Real Audiencia de Valladolid de 1521, su mujer e hijos reclamaron el pago de
las deudas pendientes, figurando que Fernando de Cuenca era antes de su
fallecimiento el recaudador mayor de las rentas del almojarifazgo mayor de
Sevilla, obispado de Cuenca, Huete, provincia de Castilla, marquesado de
Villena y otros partidos y señoríos[7].
En cuanto a doña María de
Pisa podemos decir que pertenecía, como se dijo anteriormente, a una importante
familia de judeoconversos asentados en Almagro, y que marcharía a vivir a
Santiago de Compostela con su marido Fernando de Cuenca y sus hijos. Doña María
era hermana, entre otros, de García de Pisa, del bachiller Diego Rodríguez de
Pisa y de Bernal de Pisa[8], este último casado con
Catalina Vallo, hija de Gómez Vallo, arcediano de Cuenca y natural de Santiago
de Compostela, y hermana de Gómez Vallo, canónigo de la catedral de Santiago, y
de Diego Vallo, tesorero de la catedral.
Con estas relaciones tan
notables, vivieron Fernando de Cuenca, María de Pisa y sus hijos en Santiago
hasta la muerte del primero en 1521. A partir de ese momento, nos encontramos
con numerosa documentación en la que aparece doña María de Pisa representando a
sus hijos. En un documento de junio de 1521 se indica que a la muerte de
Fernando de Cuenca quedaron por hijos menores Juan Rodríguez y Diego Sánchez, y
una hija llamada Francisca Sánchez, que era mayor de doce y menor de
veinticinco años, solicitando doña María de Pisa al alcalde de Santiago de
Compostela su tutela y curaduría, lo que le fue concedido, designando como fiador
al bachiller Diego Rodríguez de Pisa[9], su hermano. Dos años
después, doña María de Pisa daba poder a sus hermanos Diego Rodríguez de Pisa y
García de Pisa, vecinos de Santiago de Compostela, para demandar, recibir y
recaudar rentas en nombre de ella y de sus hijos doña Francisca, Juan Rodríguez
de Pisa y Diego Sánchez[10].
Sin tener constancia de
la fecha de su matrimonio, doña Francisca Sánchez casó con don Juan Bautista
Hurtado de Sandoval, señor de La Ventosa (Cuenca), constando la presencia de
este último en Santiago de Compostela en el año 1522 en escrituras relacionadas
con su suegra doña María de Pisa.
Escritura
de 1522 con Juan Hurtado de Sandoval como testigo[11]
Fernando de Cuenca y doña
María de Pisa debieron tener también por hija a doña Isabel Sánchez, que pudo
ser la hija mayor y por eso no aparece en los documentos sobre la curaduría y
tutela de 1521. Doña Isabel contrajo matrimonio con Perafán de Ribera, señor de
Villarejo de la Peñuela, siendo padres de Fernando Coello de Ribera, regidor perpetuo
de la ciudad de Huete, que en julio del año 1550 daba poder a Gonzalo de
Bustos, alcaide de la fortaleza de La Ventosa, para vender las casas de su
abuela doña María de Pisa en la Rúa del Villar, en Santiago de Compostela, al
maestrescuela Fernando González Dacosta por 500 ducados de oro[12]. En una de las tres escrituras
que aparecen relacionadas con lo anterior, figura como testigo Perafán de Ribera,
señor de Villarejo de la Peñuela, así como Perafán de Ribera el mozo[13].
Descendientes de doña
Francisca Sánchez y de su hermana doña Isabel Sánchez, fueron doña Constanza de
Sandoval y don Pedro Coello de Ribera, condes de La Ventosa en 1618 por título
concedido por el rey Felipe III. A pesar de esta descendencia y de la
relevancia que tuvieron Fernando de Cuenca y doña María de Pisa, sus
descendientes obviarían detalles sobre su filiación. Un ejemplo de ello es el
testamento de doña Francisca Sánchez[14], que simplemente diría
que sus padres fueron Hernán Sánchez y doña María, sin dar más detalles sobre
ellos. Igualmente, en el expediente de pruebas de caballero de la Orden de
Santiago de don Pedro Coello de Ribera[15] en 1618, se omite la
ascendencia real de su abuela doña Isabel Sánchez. Donde sí aparece el
matrimonio de María de Pisa y Fernando de Cuenca es en el expediente para la Orden
de Calatrava de Antonio Zapata Guevara de Cisneros y Anaya[16], donde se analiza con
detalle la genealogía de los Pisa de Almagro, apareciendo varios árboles
genealógicos en los que podemos ver, entre otros, a don Alonso Gutiérrez de
Madrid[17] (Gutiérrez de la
Caballería), tesorero general de Castilla y consejero de Carlos I, casado con
otra doña María de Pisa, prima de la mujer de Fernando de Cuenca.
Además de la relación con
Huete y su comarca de las hermanas doña Francisca y doña Isabel Sánchez, hay
constancia de que su madre vivió en Huete al quedar viuda. En concreto, Gonzalo
Suárez Carreño, hijo de Melendo Suárez, alcaide que fue de La Ventosa, figura
que al quedar viudo fue a vivir a Huete a las casas de doña María de Pisa[18]. Asimismo, su hijo Diego
Sánchez de Pisa aparece como vecino de Huete en 1535 en un registro de la Casa
de la Contratación, indicando que marchó a Veragua con el Gobernador[19]. El otro hijo varón, Juan
Rodríguez de Pisa, figura como vecino de Huete en 1553 con cursos de cánones probados
ante la Universidad de Alcalá[20].
Para finalizar, solamente añadir que el claro "olvido" sobre la identidad del padre de doña Francisca y doña Isabel, puede ser entendido dentro del proceso de ascenso social en el que se encontraban sus descendientes, aprovechando el fuerte potencial económico de la familia, pero que no querían citar a este importantísimo miembro debido seguramente a sus orígenes judíos. Fernando de Cuenca, nacido en la segunda mitad del siglo XV, en el caso de confirmarse su relación con la ciudad de Huete, bien pudo pertenecer a alguna de las dos familias judías de esa ciudad, los Cohen o los Abolafia, varios de cuyos integrantes ocuparon importantes puestos relacionados con la fiscalidad, al igual que el personaje que hemos analizado.
[1]
Biografía de Fernando de
Cuenca. Real Academia de la Historia. https://historia-hispanica.rah.es/biografias/13220-fernando-de-cuenca
[2]
Archivo Histórico Nacional, OM-CABALLEROS_SANTIAGO,
Exp.189. Pruebas para la concesión del Título de Caballero de la Orden de
Santiago de Hernando de Alarcón y Llanes, natural
de Palomares. Siglo XVI.
[3]
Rubio Martínez, A., “Un
financiero de élite en los inicios de la modernidad: apuntes biográficos sobre
Fernando de Cuenca” en Del Val Valdivieso, M.I., Martín Cea, J.C., Carvajal de
la Vega, D., (eds.), Expresiones del poder en la Edad Media. Homenaje
al profesor Juan Antonio Bonachía Hernando, Valladolid, Universidad de
Valladolid, 2019, págs. 615-624.
[4]
Arquivo do Reino de Galicia.
Familia Sarmiento Valladares. Signatura: ES.GA.15030.ARG/2.1.2.7.//Caja
44977-25
[5]
Carretero Zamora, J. M., “Los
arrendadores de la Hacienda de Castilla a comienzos del siglo XVI (1517-1525)”,
Studia Historica. Historia Moderna, 21, 1999, pp. 153–190.
[6]
Escrituras del Real Hospital
(1522/1523). Registro de escrituras públicas del Real Hospital que pasaron ante
Juan de Torres, notario del Hospital Real, en los años 1522-1523. Fol. 2r.-2v.:
Libramiento de Fernando de Cuenca. Signatura: ES.GA.15078.AHUS/3.6.2.//3
[7]
Archivo de Villa de Madrid.
Documentos reales. Signatura: SEC - 2 - 386 – 39. Provisión de la Real Audiencia
de Valladolid emitida a petición de los herederos del arrendador Hernando de
Cuenca, vecino de Santiago de Galicia, ya difunto, dirigida a los concejos y
arrendadores de rentas y a todos los que tuvieron como arrendador a dicho
Hernando de Cuenca, ordenando paguen sus deudas a Rodrigo de Pisa, Bernal de
Pisa y García de Pisa, sus representantes.
[8]
Al fallecer Fernando de
Cuenca, su cuñado Bernal de Pisa marchó a vivir a Almagro. Prueba de ello es la
carta de poder que otorgó el 8 de noviembre de 1521 siendo ya vecino de
Almagro, a su mujer Catalina Vallo y a sus hermanos Diego Rodríguez de Pisa y García
de Pisa (Protocolos de Macías Vázquez, año 1521, signatura: AHUS/6.1.1.9.458.//23).
[9]
Archivo de la Real
Chancillería de Valladolid: ARCHV//PL CIVILES, FERNANDO ALONSO (OLV), CAJA
979,5. Pleito litigado por María de Pisa, viuda
de Fernando de Cuenca, y sus hijos con Gaspar Íñiguez de Orozco,
capitán de la Capitanía del reino de Galicia, sobre el impago de soldadas a
ciertas tropas en Mellide.
[10] Archivo Histórico Universitario de
Santiago de Compostela. Protocolos de Diego Rodríguez de Rábade. nº168-
Escritura de poder de María de Pissa a sus hermanos, Diego Rodríguez de Pissa y
García de Pissa, todos de Santiago, para demandar, recibir y recaudar rentas en
nombre de ella y de sus hijos. Fol. 91-92. (1523, octubre, 8) Signatura:
ES.GA.15078.AHUS/6.1.1.9.375.//163.
[11] Archivo Histórico Universitario de
Santiago de Compostela. Protocolos de Macías Vázquez.
ES.GA.15078.AHUS/6.1.1.9.458.//28. Arriendo por 9 años, de García de Pisa,
estante en Santiago, en nombre de su hermano, Bernal de Pisa, a Juan Rodríguez
y a Pedro de Losada, zapateros de Santiago, y a María de Marque, de varias
casas sitas en la Rúa Nova. Fol. 11v.-12v. (1522, enero, 29).
[12]
Archivo Histórico
Universitario de Santiago de Compostela. Protocolos de Alonso Rodríguez de
Saavedra. Signatura: AHUS/6.1.1.9.377.//278. Escritura de un traslado de un poder otorgado por
Fernando de Ribera, regidor perpetuo de la ciudad de Huete, a Gonzalo de Busto,
vecino de la villa de Ventosa y alcaide de ella. Fol. 128-129. (1550, julio,
30). Escritura de venta de Gonzalo de Busto, vecino de la villa de Ventosa, en
nombre y como procurador de Fernando de Ribera, regidor perpetuo y vecino de
Huete, a Fernándo González Dacosta, maestrescuela de Santiago, de las casas
grandes sitas en la Rúa do Vilar, de Santiago. Fol. 130-132. (1550, julio, 30).
Escritura de obligación de Fernando González Dacosta, maestrescuela de
Santiago, de pagar a Fernando de Ribera, 500 ducados de oro, por la compra de
unas casas sitas en la Rúa do Vilar, en Santiago. Fol. 133-134. (1550, julio,
30)
[13]
Perafán de Ribera el mozo
contrajo matrimonio con su prima doña Isabel de Sandoval, hija de Juan Bautista
Hurtado de Sandoval, señor de La Ventosa, y de doña Francisca Sánchez.
[14]
Archivo Histórico de la
Nobleza, PRIEGO, C.2, D.39. Traslado del testamento de doña Francisca Sánchez,
mujer de Juan Hurtado de Sandoval, dejando el mayorazgo de la Ventosa a
su hijo mayor Gutierre de Sandoval, y el resto de sus bienes entre sus hijos
Juan, Pedro, Francisco, Isabel y el dicho Gutierre, exceptuando a María, Juana
y Catalina de Sandoval, monjas profesas en el Convento de Nuestra Señora del
Rosal de Priego. Testamento otorgado en la villa de Caracena el 17 de junio de
1578 ante el escribano Antonio Muñoz.
[15]
Archivo Histórico Nacional, OM-CABALLEROS_SANTIAGO,
Exp.1997. Pruebas para la concesión del Título de Caballero de la Orden de
Santiago de Pedro Coello de Ribera y Zapata, natural de
Villarejo de la Peñuela, Conde de la Ventosa.
[16]
Archivo Histórico Nacional, OM-CABALLEROS_CALATRAVA,
Exp.2868. Pruebas para la concesión del Título de Caballero de la Orden de
Calatrava de Antonio Zapata y Guevara de Cisneros y
Anaya, natural de Madrid, Procurador general de la Orden y Gentilhombre de Boca
de Su Majestad. 1639.
[17] Biografía de Alonso Gutiérrez de
Madrid. Real Academia de la Historia. https://historia-hispanica.rah.es/biografias/22196-alonso-gutierrez-de-madrid
[18]
Archivo de la Real
Chancillería de Granada. Signatura C4512-030. Real provisión ejecutoria de
hidalguía de Juan de Salinas, vecino de Cuevas de Velasco. Año 1548. En este documento,
varios testigos indican que Gonzalo Suárez, padre de Juan de Salinas, marchó a Huete
a vivir en las casas de doña María de Pisa, suegra del señor de La Ventosa.
[19]
Archivo General de Indias, CONTRATACION,5536,
L.3, F.198(9). Diego Sánchez de Pisa, hijo de Hernando de Cuenca y de doña
Mencía (María) de Pisa, vecinos de Huete, a Veragua, con el
Gobernador [Felipe Gutiérrez]. 13 de abril de 1535.
[20]
Archivo Histórico Nacional,
Universidades, L.476, Fol.606. Cursos en Cánones probados ante la Universidad
de Alcalá por Juan Rodríguez de Pisa, natural de Huete (Cuenca).
miércoles, 12 de noviembre de 2025
Testamento de Domingo de Cabras, vecino de La Ventosa. 3 de julio de 1816
Una de las familias que aparecen en los libros parroquiales de La Ventosa desde sus comienzos es la de los Cabras, estando ya asentados en la villa con varios matrimonios en la primera mitad del siglo XVI. Con una importante relación histórica con la Ermita de Nuestra Señora de la Paz y San Antón, quienes la fundaron a principios del siglo XVIII, se transcribe aquí el testamento de Domingo de Cabras Higueras, ya viudo por entonces de María de Ramos, y padre de fray Francisco de Cabras, Gregorio de Cabras y Manuela de Cabras.
Testamento de Domingo de
Cabras. En 3 de julio de 1816.
En el nombre de Dios
Todopoderoso, Amén. Sépase por esta pública escritura de testamento y última
voluntad como yo Domingo de Cabras, hijo de Agustín y de Manuela de Higueras,
ya difuntos, viudo de María de Ramos, vecino de esta villa de La Ventosa,
hallándome con salud, en mi entero y cabal juicio, memoria y entendimiento
natural (de que yo el presente escribano doy fe) creyendo y confesando como
firmemente creo y confieso el altísimo misterio de la Santísima Trinidad,
Padre, Hijo y Espíritu Santo, tres personas distintas y un solo Dios verdadero,
y todos los demás misterios y sacramentos que tiene, cree y confiesa nuestra
Santa Madre Iglesia Católica, Apostólica y Romana, bajo cuya verdadera fe y
creencia he vivido, vivo y protesto vivir y morir como católico y fiel
cristiano. Tomando como como por mis intercesora y abogada a la Serenísima
Reina de los Ángeles, María Santísima Madre de Dios y Señora nuestra, al Santo
Ángel de mi guarda, tanto de mi nombre y demás de la Corte Celestial para que
intercedan con Nuestro Señor y Redentor Jesucristo, que por los infinitos
méritos de su preciosísima vida, pasión y muerte, me perdone todas mis culpas y
lleve mi alma a gozar de la bienaventuranza; temeroso de la muerte que es
natural y precisa a toda criatura humana, y su hora incierta, para estar
prevenido cuando llegue con disposición testamentaria y no tener en aquella
hora cuidado temporal que me obste pedir a Dios de todas veras la remisión de
todos mis pecados, hago y otorgo mi testamento en la forma siguiente:
Primeramente, encomiendo
mi alma a Dios nuestro señor, que de la nada la crio, y el cuerpo mando a la tierra,
de cuyo elemento fue formado. El que hecho cadáver sea amortajado con hábito de
Nuestra Señora de las Mercedes, y con entierro acostumbrado con diáconos,
oficios de nueve lecciones y misa de cuerpo presente si fuere hora, y si no se celebre
al día siguiente, sepultado en la Iglesia Parroquial de esta villa, en la
sepultura que dispongan mis albaceas, que sea de mi tronco.
Que se me haga el cabo de
año acostumbrado y se lleve de añal sobre mi sepultura tres luces los días de
fiesta y dos, los demás, y eso lo llevará mi hija política María de la Puerta,
mujer de mi hijo Gregorio, y por el trabajo de llevarlo la dejo la mitad de la
tierra que tengo en el Collado de Santa Ana, que alinda por Norte con tierra
del Colegio de San Julián de Cuenca.
Que en el día de mi
entierro se den de limosna a los pobres, tres fanegas de trigo en pan, y a cada
uno de los que me lleven en él, se le den tres celemines.
Mando se celebren por mi
alma doscientas misas rezadas; por las de mis padres veinticinco, y otras veinticinco
por el ánima de mi difunta mujer María Ramos; y por cada una se dé la limosna acostumbrada.
Mando a los Lugares
Santos de Jerusalén y mandas forzosas la limosna acostumbrada con lo que los
desisto y aparto del derecho que podían haber a mis bienes.
Quiero sean pagadas las deudas que resultasen contra mí, como igualmente a Pablo del Rincón, ochocientos reales que le debo de una mula que le compré, y se cobren por mis herederos las que resultasen a mi favor.
Mando a mi hijo fray
Francisco de Cabras Ramos[1], religioso de la Merced,
la mitad de la parte de casa que compré en la que al presente vivo, en el sitio
del Eruelo; la mitad de las olivas de las Navas, y también la mitad de la rocha
de la Cuesta Espesa; declarando como declaro que los ocho años que dicho mi hijo
ha estado en mi compañía a causa de la invasión de los franceses, y en adelante
estuviere por no poderse mantener en su convento hasta que tengan corrientes
las rentas, no se le cuente cosa alguna por los alimentos de dicho tiempo, por
ser equivalente a ellos lo que ha ganado y gana con su predicación y celebración,
cuyas limosnas y demás emolumentos se han invertido y se invierten en el gasto
de mi casa, porque así es mi voluntad, y lo mismo por sus ropas.
Mando a mi hijo Gregorio
de Cabras, la mitad de la parte de casa que compré en la que al presente vivo
en el sitio del Eruelo (que es igual parte a la que llevo mandada a mi hijo
fray Francisco); le mando la otra mitad del olivar de las Navas; y mitad de la
rocha de la Cuesta Espesa, como también la mitad del cañamar de las Ánimas, en
la Cañadilla, al partir con su hermano fray Francisco, que le tocó de legítima
de su madre. Y lo que le mandé a casamiento que resulta de asiento que tengo hecho
se esté y pase por él, y lo saque por mi fallecimiento con todo lo demás de su
legítima materna que existe en mi poder; y que igualmente se cumpla el contrato
que por escritura tengo hecho por el tiempo que me ha servido y me sirviese, en
los mismos términos que de ella resulta. Y es mi voluntad que al dicho mi hijo
Gregorio no se le cuente cosa alguna por los alimentos y vestidos que
suministro a sus hijos y mis nietos María, Leandro y Eulogio de Cabras.
E igualmente quiero y es
mi voluntad que al dicho mi hijo Gregorio y a su mujer María de la Puerta nada
se les cuente por los vestidos y ropas que tuvieren para vestirse cuando yo
fallezca, entendiéndose todos, así ordinarios como escusados, hasta la capa que
tiene, pues la echó con lana de ovejas mías en el tiempo que las tuvo, y todo
esto lo han de sacar libre.
También declaro que el
primer año de matrimonio del dicho mi hijo Gregorio, vendió lo que le dio de sí
su legítima materna, y compró unas reses de ganado que después vendió, y con su
importe compró unas tierras que resultan de papeles hechos a su favor, las
cuales son suyas; y que de el dinero que le produjo dicha legítima le quedaron
cuatrocientos reales que yo he gastado en mi casa, y se los estoy debiendo,
quiero los saque o se le haga pago de ellos de mis bienes.
Mando a mis tres nietos,
Pío, Dionisio y María Candelaria del Rincón, hijos de Pablo y de mi difunta
hija Manuela, la mitad de la casa de las Eras altas; la mitad del olivar de la
Fuente del Oro, pues la otra mitad es suya; y las olivas que tengo en el
Cascajar, que asurcan al mediodía con Santiago García. Y a la dicha mi nieta María
Candelaria, además de su tercera parte de lo que llevo dicho, le dejo el cañamar
que tengo en la Cañadilla, que asurca al mediodía con Victoria de Cabras, y
norte herederos de don Juan Antonio López Malo.
Mando a mis dichos hijos
fray Francisco y Gregorio de Cabras, y a mis tres nietos Pío, Dionisio y María
Candelaria, a representación de su madre Manuela, la viña que tengo en
Navarredonda, que dividirán en tres iguales partes, exceptuando lo que les
pertenece por legítima materna que tienen adjudicado.
Mando a mi nieta María de
Cabras, medio almud de tierra que tengo en el Collado de Santa Ana, que alinda
por saliente con mi hermana Victoria, y al norte Urban.
También declaro tengo
asientos de lo que mandé a casamiento así a mi hijo Gregorio, como a mi difunta
hija Manuela, por lo que hace a ésta lo recibió su marido Pablo del Rincón; y por
lo que hace al Gregorio lo tengo en mi poder, como llevo manifestado, y que lo
saque; y por lo que hace a mi hijo fray Francisco, nada sacará por esta razón
para igualarse por estar recompensado con algunos gastos que le suplido.
Quiero y es mi voluntad, con
arreglo a reales disposiciones, valiéndome de las facultades que estas me conceden
para hacer inventario, tasación y partición de mis bienes entre mis herederos,
luego que yo fallezca, nombrar como nombro a mi cuñado Miguel Chamorro, a don
Antonio Chamorro, cura de Saceda del Río, mi sobrino, y José Ramos, de esta
vecindad, por tasadores y partidores de mis bienes, como personas de mi total
confianza, para lo cual les doy y concedo todo el poder que en mí reside, y el
que necesitan, porque así es mi voluntad.
Para cumplir todo lo pío
que contiene este mi testamento nombro por mis albaceas y testamentarios a los
señores don Julián de la Calle Titos, cura de esta parroquial, don Andrés
Chamorro, presbítero de esta villa, y Miguel Chamorro, mi cuñado, a cada uno
insolidum, y les confiero amplio poder y facultad para que luego que yo fallezca,
se apoderen de mis bienes, y vendan los que basten a cumplir y pagar cuanto
llevo dispuesto, sobre lo que les encargo sus conciencias para el descargo de
la mía.
Y después de cumplido
todo en el remanente que quedare de todos mis bienes, derechos y acciones que
hoy me pertenecen y en adelante me puedan pertenecer, instituyo y nombro por
mis únicos y universales herederos a mis hijos habidos en mi matrimonio con mi
difunta mujer María Ramos, fray Francisco, Gregorio de Cabras Ramos, y a
representación de mi difunta hija Manuela Cabras Ramos, sus tres hijos, mis nietos,
Pío, Dionisio y María Candelaria del Rincón Cabras, para que en tres iguales
partes, los hayan lleven y hereden con la bendición de Dios y la mía.
Y por el presente revoco,
anulo, y doy por de ningún valor ni efecto, otro cualesquier testamento o
testamentos, codicilo o codicilos que antes de ahora haya hecho, de palabra,
por escrito, ni en otra forma, p ara que ninguno valga ni haga fe, judicial, ni
extrajudicialmente, salvo este que ahora otorgo, que quiero se estime por mi
testamento y última voluntad, o en la vía y forma que mejor haya lugar en
derecho.
En cuyo testimonio así lo
digo y otorgo antes Juan Bernardo Martínez, escribano público, del número y ayuntamiento
de esta villa de La Ventosa, en ella a tres días del mes de julio de este año
de mil ochocientos dieciséis, siendo testigos y firmando uno de ellos a mi
ruego por no saber yo, Julián López Duque, Manuel Gómez y Crisanto Fernández,
de esta vecindad, a los que como al otorgante yo el contenido escribano doy fe,
conozco.
Testigo a ruego, Julián
López Duque
Ante mí,
Juan Bernardo Martínez
[1] Fray Francisco de Cabras aparece
en un documento de 1831 del escribano Antonio López de Salazar, como religioso
profeso y sacerdote de la Orden de la Merced Calzada en el Convento de la villa
de Madrid, dándole poder a don Julián Ladrón de Guevara, vecino de La Ventosa y
de su estado noble, para que pudiera oponerse en su nombre a las capellanías
que fundaron en esa villa María Pérez y Juan de la Blanca, así como al vínculo
fundado por Juan de la Plaza, por estar en la opinión de tener derecho a ello. Posteriormente, en 1835, aparece como Procurador General de la Orden de la Merced Calzada y conventual en la villa y corte de Madrid.
miércoles, 3 de septiembre de 2025
Don Juan Francisco Bonilla, Comisario del Tribunal de Corte, natural de Fuentesbuenas (Cuenca)
Uno de los personajes naturales
de Villas de La Ventosa (Cuenca), más concretamente de Fuentesbuenas, que
tuvieron una proyección social en el siglo XVIII fue don Juan Francisco
Bonilla, presbítero, teniente mayor de cura en la iglesia de San Sebastián
(Madrid) y Comisario del Santo Oficio de la Santa y General Inquisición de
Corte, nombrado para ese cargo directamente por el Inquisidor general Manuel Quintano
Bonifaz en 1767 a la edad de 32 años[1].
El cargo de Comisario del Tribunal de Corte, por su importancia y competencias,
tenía más similitudes con el de Inquisidor.
Juan Francisco Bonilla,
natural de Fuentesbuenas, era hijo de Francisco Bonilla y de Isabel de Sevilla,
natural esta última de Arrancacepas, también en Cuenca. En su testamento[2],
realizado en Madrid en 1788, nombra la ermita de San Lorenzo que construyó a
sus expensas entre 1786 y 1787 y a la que atribuyó una antigüedad de
alrededor de trescientos años en esos momentos. Además, mandó construir una
capilla propia en la iglesia de Fuentesbuenas destinando para ello 4.000 reales
de sus bienes. Desde su casa, cercana a la iglesia, se podía acceder a la
capilla a través de un arco que aún hoy perdura.
Escudo
de armas de don Juan Francisco Bonilla[3]
Testamento
de don Juan Francisco Bonilla. 10 de mayo de 1788
En el nombre de Dios
todopoderoso Amén. Sépase por esta pública escritura de testamento, última y postrimera
voluntad como yo don Juan Francisco Bonilla, presbítero teniente mayor de cura
de la iglesia parroquial de San Sebastián, Comisario del Santo Oficio de la
Santa y General Inquisición de esta Corte, natural de la villa de
Fuentesbuenas, hijo legítimo de Francisco Bonilla y de Isabel de Sevilla, aquel
natural de dicha villa y esta de la de Arrancacepas, obispado de Cuenca, ya
difuntos. Hallándome algo indispuesto, pero fuera de cama y en mi sano juicio,
memoria, habla y entendimiento natural tal cual Dios, nuestro señor, se ha
dignado concederme, y creyendo como firmemente creo en el incomprensible
misterio de la Santísima Trinidad, Padre, Hijo y Espíritu Santo, tres personas
distintas y un solo Dios verdadero, y en todos los demás misterios y artículos
que tiene, cree y confiesa nuestra Santa Madre Iglesia Católica, Apostólica y
Romana, bajo de cuya fe y creencia he vivido y protesto morir como Católico
Cristiano, invocando como invoco para la hora de mi muerte el auxilio de la
Virgen Santa María, Santos y Santas de la Corte Celestial y en especial a los
de mi nombre y devoción y Santo Ángel de mi Guarda, hago, dispongo y ordeno mi
testamento en la forma siguiente:
Primeramente, encomiendo
mi alma a Dios, que la crio y redimió con el precio infinito de su sangre y el
cuerpo a la tierra de cuyo elemento fue formado.
Y también es mi voluntad
que cuando Dios nuestro Señor sea servido llevarme de esta presente vida a la
otra, mi cuerpo cadáver sea amortajado y vestido con las vestiduras
sacerdotales y enterrado en dicha iglesia parroquial de San Sebastián, con el
acompañamiento, modo y fama que dispongan mis albaceas y testamentarios,
mandándose decir por mi alma una misa de cuerpo presente con vigilia y
responso, siendo mi fallecimiento en hora competente y sino al siguiente.
Y también es mi voluntad
se digan por mi alma cien misas rezadas a cuatro reales cada una, de las que
sacada la cuarta parroquial se celebrarán las restantes en las iglesias o
conventos que determinaren mis testamentarios.
Y también quiero y mando
que a los santos lugares de Jerusalén y redención de cautivos se dé a cada una
y por una vez cuatro reales de vellón y otros cuatro a los Reales Hospitales
General y Pasión de esta corte, con lo que desisto de cualquier acción o derecho
a mis bienes.
Y también es mi voluntad
que a Catalina de Torres, mi prima hermana, por parte de mi madre vecina de
Arrancacepas, se la den por vía de manda y por una vez trescientos reales de
vellón por constarme ser pobre y que me encomiende a Dios.
Y también a los hijos de
Isabel de Torres, ya difunta, hermana de aquella, mando se les dé por vía de
legado y por una vez doscientos reales de vellón por iguales partes, y que por
partan entre todos.
Y también a doña Fernanda
Ramos, vecina de la villa de Chinchón, de este Arzobispado, ama que ha sido de
mi casa por espacio de trece años y de cuyos salarios está plenamente
satisfecha sin que se la quedase a deber nada, por razón de ellos ni otra cosa,
quiero y es mi voluntad que en atención a lo bien y con la caridad que me ha
asistido en la indisposición que he padecido, se la den doscientos ducados de
vellón por una vez para que disponga de ellos libremente a su voluntad, de que
le estoy agradecido y también a su marido.
Y también a María
Bonilla, hija de mi primo hermano Francisco Bonilla, natural de la villa de
Fuentesbuenas, que actualmente se halla en mi casa y hace hasta el presente
como unos ocho años, pues anteriormente y luego que vino del país, estuvo
sirviendo en otras partes, mando se la den graciosamente y por una vez ciento
cincuenta ducados, sin embargo que en mi conciencia nada le debo y está compensada
y satisfecha, pues aunque no la he pagado salarios la he dado cuanto ha
necesitado de ropas interiores y exteriores de su decencia, como sobrina mía.
Y también mando a dicha
María Bonilla una casa y un majuelo, que uno y otro me corresponden en la villa
de Fuentesbuenas, linda dicha casa al mediodía con otra de Pedro Ortega y su
mujer María Culebras, a saliente corral de Antonio Triguero Bonilla, y al norte
corral y otra casa mía propia en la que actualmente vive Teresa Duque y
Bonilla, de estado casada e hija de mi prima hermana Manuela Bonilla; y al
poniente arreñales que salen a la era alta; el dicho majuelo esta sito en la
vega de Villarejo y se halla conchabado con parte de otro majuelo de Felipe
Triguero, vecino de Fuentesbuenas, cuya mitad de dicha casa y majuelo me lo
dejó mi tía Catalina Bonilla por su testamente y última voluntad que otorgó en
ella en diez de septiembre de 1751 ante el notario don Miguel Ortega, con la
carga y obligación de una misa rezada anual de la de Santa Catalina Mártir, la
que he cumplido exactamente y juro verbo sacerdotis, siendo necesario y
con la calidad de que después de mi fallecimiento expirase este dicho gravamen;
y habiendo correspondido la otra mitad de dicho majuelo y casa como gananciales
a su marido Domingo Triguero, y casándose de segundas nupcias con Isabel Ortega,
vecina del Villarejo, se la dejó a esta, a quien posteriormente se la compré
yo, como consta de la robra y escritura que obra en mi poder; y mediante que
por lo que llevo expuesto cesa la obligación de dicha carga después de mi
fallecimiento, quiero y es mi voluntad que la dicha María Bonilla, mi sobrina,
continúe con el gravamen de dicha misa rezada anual en el día de Santa Catalina
Mártir, y otra más que añado rezada por mi intención el día de San Francisco de
Asís, con calidad de que dicha casa y majuelo no lo pueda vender, trocar ni
enajenar por título ninguno, y fallecida esta pase con cada de dichas dos misas
rezadas perpetuamente a sus legítimos herederos, o a quienes por derecho la
deban suceder, prefiriendo el varón a la hembra, cuidando de reparar la casa y
el buen cultivo del majuelo, para que no se pierda, en que los encargo la
conciencia; y el fiscal eclesiástico y demás defensores de las obras pías usen
de los remedios de derecho en los casos de omisión o contravención.
Y también a Baltasar,
sepulturero de la parroquia de San Sebastián, le mando por una vez ciento
cincuenta reales de vellón en atención a lo bien que ha cumplido con algunos
mandados que se la han encargado de mi casa.
Y también es mi voluntad
que si se encontrase una memoria escrita o firmada de mi mano en que se declare
algunas cosas tocantes a mi última voluntad, se tenga por parte de mi
testamento con el que se protocolice.
Y también digo y nombro
por mis albaceas y testamentarios al señor doctor don Antonio Frutos Seseña,
cura propio de la parroquial de San Sebastián de esta corte; al doctor don Juan
Antonio de Irusta y al bachiller don José Martínez de Astudillo, mis compañeros
tenientes de esta parroquial; a don Juan Manuel Alcocer, secretario de S.M. y
Superintendente del Real Retiro; a don Pedro Rodríguez, oficial mayor de la
contaduría general de correos, y a don Juan Serrano, agente de negocios de esta
corte, a quienes doy todo mi poder y facultad para que hagan cumplir y cumplan
este mi testamento y memoria si quedase a todos y a cada uno de por sí insolidum
y les dieren todo el tiempo necesario aunque sea pasado el año del albaceazgo.
Y en atención al amor y
cariño que les profeso y en reconocimiento de mi memoria mando a dichos cura
don Frutos Seseña un breviario grande de cámara con todos los santos nuevos
añadido y con cubiertas de cabritilla encarnada y un cuadro de San Antonio; al
dicho señor Irusta los dos cuerpos de breviario de media cámara ya andados; a
dicho señor Astudillo los tres tomos de Bote predicables; a dicho señor Alcocer
un bastón caña de Indias, color oscuro y con su puño de plata; a dicho señor
Rodríguez otro bastón caña de Indias, con puño de plata labrada color más claro
que el antecedente y algo más viejo; al señor Serrano un cuadro de la Dolorosa
pintada en cristal, con marco negro, pidiéndoles perdonen y me encomienden a
Dios.
Y del remanente que
quedase de todos mis bienes, derechos y acciones, o futuras sucesiones,
instituyo y nombro por mi única y universal heredera a mi ánima y demás del
Purgatorio, queriendo como desde luego quiero y mando que de todos ellos, así
de los muebles que tengo en mi casa en esta Corte, como de cualquiera otros
bienes raíces o muebles que poseo y me pertenecen en mi casa de la villa de
Fuentesbuenas, establecer como desde luego establezco una fundación memoria
perpetua de misas aquellas, que al respecto de tres reales cada una, o como sea
más conforme a la Sinodal del Obispado de Cuenca, según la mutación de los
tiempos, puedan caber en las utilidades que rindan, o den de sí, sacados los
gastos de administración conste y costas, señalando como desde luego señalo por
patronos de esta memoria al señor cura que es o fuere de la parroquial iglesia
de la Olmeda de la Cuesta en el propio obispado y al padre guardián que es o
fuere del convento de observantes de San Francisco de la misma ciudad de Cuenca,
y al padre presidente que es o fuere del hospicio de mercedarios descalzos de
la villa de Gascueña, como también de la ermita que en el cerro que llaman de
San Lorenzo, término de la villa de Fuentesbuenas, he construido
voluntariamente a mis expensas en los años pasados de 86 y 87, y en cuyo paraje
consta por tradición hubo otra con la misma advocación más de trescientos años
hace, a fin de que dichos patronos cuiden del más bueno y perfecto cultivo de las
viñas, tierras, olivas y demás, que se agregase y aumentase, sea por arriendos
o posturas, como también de la subsistencia de las referidas casas y ermita; y
que las enunciadas misas rezadas (que como va dicho) cojan en las utilidades,
que rindan al respecto de tres reales; también quiero y ordeno se celebren
todas por ahora en la parroquial de Fuentesbuenas con el fin de que los vecinos
de ella tengan este paso espiritual y estas más misas que oír, además de las
que tienen obligación decir los tenientes, a excepción de dos de ellas que
también quiero se digan en dicha ermita, la una en el día de San Lorenzo
Mártir, diez de agosto, y la otra en el día de San Sebastián, precisamente o a
más tardar en sus octavas, señalando como desde luego señalo por la limosna de
estas dos, seis reales de vellón cada una, y dos al sacristán por llevar el
ornamento de la iglesia y ayudar a misa, hasta que prosiguiéndose por dichos
mis patronos o testamentarios la fábrica de la capilla que para ella y su
construcción en la iglesia parroquial de Fuentesbuenas tengo licencia de los
Ilustrísimos Señores Don Isidro de Carvajal y Lancaster, y Don Sebastián Pavón,
obispos que han sido de Cuenca, conforme a los modelos más equitativos y
ajustados a la cantidad que señalare, y arrimados a este fin muchos materiales,
la que hasta ahora no ha tenido efectos por ciertos casos que han ocurrido; y
concluida que sea y colocado en ella las imágenes del Santísimo Cristo del
Consuelo, Nuestra Señora de la Soledad de vestir, Nuestra Señora del Rosario de
vestir, con el niño en la mano, un San Juan y un Niño de Resurrección, ambos de
escultura como de tres cuartas de alto, que se hallan en mi casa de dicha villa
de Fuentesbuenas; se digan en ella todas las misas rezadas que como va referido
den de sí todos mis enunciados bienes, a diferencia de las dos que se han de
decir en la ermita de San Lorenzo en su propio día y la otra el día de San
Sebastián, señalando, como desde luego señalo, para la prosecución y
construcción de dicha capilla 4.000 reales, que quiero se saquen del total de
mis bienes, además de los materiales que como va expuesto tengo prevenidos en
dicha villa; y por el trabajo y cuidado de dichos patronos les señalo un seis
por ciento pasables para todos de las líquidas utilidades que resulten del
beneficio y cultivo de dichas tierras, dándoles, como desde luego les doy poder
y facultad para que en caso de no concederme Dios vida hasta perfeccionar esta
dicha fundación, memoria de misas, la sigan y prosigan en cuanto se agregase y
fuese necesario en aquella vía y forma que más haya lugar en derecho.
Revoco, anulo y doy por
rotas y canceladas de ningún valor ni efecto todas y cualesquiera últimas
disposiciones testamentarias, poderes para hacerlos, que antes de ahora haya
hecho u otorgado por escrito, de palabra, o en otra forma, que ninguno quiero
valga ni haga fe, salvo el presente testamento y memoria si quedare, que es mi
última y determinada voluntad en la vía y forma que más haya lugar en derecho.
En cuyo testimonio así lo digo y otorgo ante el presente escribano de S.M. en
la villa de Madrid a diez días del mes de mayo de mil setecientos ochenta y
ocho, siendo testigos don Pedro Álvarez de Toledo, oficial de la contaduría
general de las lanas del reino; don Antonio Regidor, pontero del Real Consejo
de Castilla, y don Manuel Montoro y Arias, agente de negocios de los Reales
Consejos, que vive calle de Tabernillas, número primero, vecinos de esta Corte,
y el otorgante a quien doy fe, conozco, lo firma,
[1]
Domínguez Salgado, Mª Pilar.
1996. “Comisarios del Tribunal de Corte (1665-1820)”. Espacio, Tiempo
y Forma, Serie IV, Hª Moderna, t.9, pp. 243-266.
[2] Testamento otorgado en Madrid ante
el escribano Felipe Benicio Herraiz el 10 de mayo de 1788. P-21898.
[3]
El escudo de armas de don
Juan Francisco Bonilla. Escudo partido, 1º de oro, una escala de azur; 2º de
sinople, siete bezantes de plata puestos 2, 2, 2 y 1. En la parte de arriba
están las armas de la Inquisición. Este escudo es muy similar a las armas de
Juan Antonio Bonilla, Calificador del Santo Oficio de la ciudad de Sevilla,
Examinador Sinodal en ella y su Arzobispado, beneficiado propio de la Iglesia
Parroquial del Señor San Ildefonso, Abad Mayor y miembro perpetuo de dicho
Cabildo y Universidad.
