Dibujo
de 1787 de la casa de don Pedro de la Cueva, comisario del Santo Oficio[1]
Introducción
En este artículo se da a
conocer la historia de una casona construida en el siglo XVIII en La Ventosa
(Cuenca) y cómo estaba distribuida con sus diferentes dependencias, así como
detalles de su primer propietario. Este edificio, propiedad de mis antepasados, situado en la Plaza del
Eruelo junto a la Iglesia Parroquial fue costeado alrededor del año 1750 por
don Pedro de la Cueva, comisario del Santo Oficio de la Inquisición de Cuenca.
Dicha construcción, que ha llegado hasta nuestros días, tenía en origen una
fachada diferente, con una gran puerta de entrada, una ventana encima de ella,
y en la parte superior estaba situado el escudo de la inquisición, destruido en
1936. La Casa del Pueblo de La Ventosa solicitó por escrito a Largo Caballero
el 15 de mayo de 1936 que denunciase ante el gobierno para proceder a derrumbar
el rollo de justicia y el escudo situado en un edificio de Luis Sevilla[2],
de cuando existía la Inquisición[3].
Aunque el escudo fue destruido, el rollo de justicia sobrevivió afortunadamente
a esta época tan convulsa.
Don Pedro de la Cueva Ramos, natural de La
Ventosa, fue presbítero, comisario del Santo Oficio de la Inquisición[4],
cura de La Ventosa, visitador general del obispado de Cuenca y examinador
sinodal de él. Falleció el 10 de enero de 1790 a los 83 años de edad, otorgando
testamento el 19 de noviembre de 1787 en Bólliga ante el escribano Domingo
Torrijos, y codicilo el 6 de enero de 1790 ante José Carralero, notario público
de La Ventosa. Como se ha dicho anteriormente, don Pedro de la Cueva fue el
primer propietario del inmueble que nos ocupa, hidalgo de nacimiento y
perteneciente a las élites locales, fue hijo y nieto de alcaldes por el estado
noble.
Por citar alguno de sus parientes,
fue tío de don Juan Cantero, capellán de Reyes Nuevos en la catedral de Toledo,
de don Bernardo Cantero, teniente de corregidor de Madrid, miembro del Consejo
de S.M., Superintendente de Policía de Madrid y caballero de la Orden de Carlos
III; biznieto de don Diego del Horno, notario del Santo Oficio de la Inquisición
de Cuenca, y pariente del marqués de Víllora. En su testamento dejó por
herederos a sus dos sobrinos don Andrés Cantero de la Cueva y don Andrés
Chamorro de la Cueva, naturales de La Ventosa. El primero de ellos fue abogado
de los Reales Consejos, gobernador de Zalamea y administrador general de la
encomienda de Totana y Aledo, sirviendo 36 años las administraciones y
judicaturas de las principales encomiendas y falleciendo en una comisión secreta
del real servicio en 1797. El segundo, era presbítero y cura de La Ventosa.
Escritura de partición de las Casas
principales que habitó don Pedro de la Cueva, entre sus herederos[5]
(1 de julio de 1796)
En la villa de La
Ventosa, hoy día primero del mes de julio, de este año de mil setecientos
noventa y seis, ante mí Juan Bernardo Martínez, escribano público por su
majestad, único del número y ayuntamiento de ella, parecieron presentes don
Andrés Cantero y de la Cueva, administrador general y juez privativo de la Real
Encomienda de Totana, estante al presente en esta dicha villa, y don Andrés
Chamorro y de la Cueva, presbítero, de esta misma, y dijeron:
Que las casas principales
que en el barrio del Eruelo les dejó su difunto tío don Pedro de la Cueva, que
a su costa las construyó, con dirección del maestro de obras Francisco de
Toledo[6],
vecino de la villa de Palomares, las han dividido y partido en la forma
siguiente:
El cuadro de dichas casas
se ha dividido desde el mediodía (sur) al norte por medio del zaguán[7],
cocina y fregador, y así deberá construirse un tabique que línea recta suba
hasta el tejado, a cuyo fin se quitará la puerta principal de ella, y la reja
grande y sus ventanas para que ambas queden tapiadas, y a los lados de dicha
puerta principal pueda cada uno abrir la correspondiente a su vivienda.
Que a la parte del
saliente (este) que por suerte le ha correspondido a dicho don Andrés Chamorro,
se le han adjudicado el postigo[8]
de la sala de la bóveda, el postigo de su sala alta, el postigo del cuarto del
estudio, el postigo de la cocina baja, el postigo surtidor de dicho estudio y
alcoba de dicha sala alta, el postigo del cuarto que está enfrente del estudio
en el de la harinera, la puerta de la dispensilla de dicha alcoba, la puerta de
la cocina alta, la puerta del pagador, los dos surtidores de la alcoba de la
sala de la bóveda, la puerta de la dispensilla interior, el postigo del salidor
al corral y la puerta de este.
Detalle
de la ventana tapiada de la fachada antes de la división[9]
Y a esta dicha parte del
saliente (este), se le ha de quitar para la de poniente (oeste), que le ha
tocado por suerte al expresado don Andrés Cantero, la reja grande y ventanas
que tiene hacia el corral la sala de la bóveda, el postigo que sale también al
corral inmediato a la puerta grande de él, el postigo de la sala grande alta,
el postigo que hay enfrente del antecedente, y la puerta grande de la despensa,
y se ha de quedar con el postigo de la escalera principal, el postigo de la
escalera de la cámara, el postigo del cuarto del oratorio[10],
la puerta surtidero de la alcoba de la sala grande, las dos puertas que tienen
los dos tabiques de la cámara, el surtidor de la alcoba de la sala baja, y la
puerta del cuarto más dentro del fregador.
Que cada una de dichas
partes se ha de quedar con las rejas, rejones y ventanas que cada una tiene en
su pertenencia. Que la puerta grande principal con todas sus cerraduras se ha
adjudicado a la parte de poniente (D. Andrés Cantero); y la reja grande y sus
ventanas, a la parte de saliente (D. Andrés Chamorro), y a esta los morillos[11]
de la cocina, y la otra (D. Andrés Cantero) las llares[12]
conforme están de todos sus pertrechos.
Y que de las pertenencias
que hay fuera del cuadro de dichas casas, se han aplicado a la parte del
saliente (D. Andrés Chamorro) las despensas contiguas a ellas, con la
obligación de mudar su ventana al norte a su costa, y de la de ambas partes
echar al mismo norte las aguas que de ellas caen a poniente, el parador con sus
puertas grandes, la caballeriza y cocinilla con sus cámaras y cobertizo, y la
mitad del pajar con la parte del corral que detrás de él está señalada, con sus
puertas y tinadas[13].
Y a la parte del poniente
(D. Andrés Cantero) se le ha adjudicado de las expresadas pertenencias que
están fuera del cuadro de la casa, la mitad del pajar, todo el cocedero[14],
la caballericilla de las gallinas y todos los demás corrales, como está
señalada su partición.
Previniéndose que los
tabiques y paredes divisorios, y el tapiar la puerta y ventanas principales ha
de ser a costa de ambas partes, y entre ellas se han de partir los peldaños que
se quitasen de las dos escaleras, y por lo que hace a los demás maderos y
escombros de lo que hubiese que derribar, cada parte se ha de aprovechar de los
que hubiese dentro de su posesión, derribando por sí aquello que le convenga.
Posibles
escudos parecidos al situado en la casa de La Ventosa[15]
Que habiéndose ejecutado
dicha partición solo han resultado a favor de la parte de poniente,
perteneciente al dicho don Andrés Cantero, cincuenta y tres reales y medio de
vellón, que le ha satisfecho dicho don Andrés Chamorro, y que al mismo tiempo
han partido todos los títulos de pertenencia de los bienes raíces que les dejó
dicho su difunto tío don Pedro de la Cueva[16],
con la obligación de darse recíprocos testimonios en relación de los que se
hallan en poder de cada uno, de cuya partición y división recíprocamente se dan
por contentos y satisfechos, sin que reconozcan agravio ni perjuicio alguno,
por lo que desde luego la aprueban y que estarán y pasan por ella ahora y en
todo tiempo, sin contravenir a cosa alguna de cuanto va relacionado, y a su
cumplimiento se obligaban y obligaron con su persona el que puede, y ambos con
todos sus bienes muebles y raíces, derechos, acciones presentes y futuros, con
poderío a los señores jueces que de este negocio puedan y deban conocer, para
que les apremien a su cumplimiento por todo rigor de derecho, vía ejecutiva y
por como por sentencia definitiva, dada por juez competente, pasada en
autoridad de cosa juzgada y contenida con renunciación de todas las leyes,
fueros y derechos que les favorezca, con la que prohíbe la general renunciación
de todas ellas en forma.
En cuyo testimonio los
señores exponentes así lo dijeron, otorgaron y firmaron ante mí dicho
escribano, y pidieron se les librase a cada uno su respectiva copia de esta
escritura, a todo lo cual fueron presentes por testigos Antonio Muñoz, Juan
Caballero Martínez y Justo Muñoz, de esta vecindad, a los que como a los
señores otorgantes, doy fe y conozco.
Firmas de los dos herederos y del escribano al final del documento[17]
Conclusiones
Después de analizar la
escritura de partición de 1796 podemos hacernos una pequeña idea de cómo era la
casa de un miembro del clero secular y cura de una villa de la Alcarria
conquense en el siglo XVIII, el cual tenía un notable poderío económico basado
en las herencias de su linaje y en los beneficios obtenidos de sus cargos y de la
tierra.
La casa antes de su
partición tenía una gran puerta principal con una reja grande y ventanas, la
sala de la bóveda, una cocina en la planta baja y otra en la planta alta, el
cuarto de estudio, la sala alta con su alcoba y dispensilla, otra dispensilla
interior y una despensa grande, la puerta del este, una escalera principal y otra
para la cámara, el cuarto del oratorio y una sala grande con su alcoba. También
tenía el recinto un fregador, caballerizas, cocinilla con sus cámaras y
cobertizo, corral con sus puertas y tinadas, y cocedero.
En el amillaramiento de
1881, los propietarios y descendientes de las dos partes de la casa original
eran don Félix del Olmo Abarca[18]
y don Luis Sevilla Gómez[19].
En la parte correspondiente al primero, se detalla la casa, cuadra, pajar y
corral como un inmueble de tres plantas situado en la Plaza del Eruelo, nº 3,
con una capacidad de 700 metros cuadrados y un valor de 1.000 pesetas. En la
parte correspondiente a Luis Sevilla, se especifica que su casa con corral,
pajar y cuadra adyacente situada en la Plaza del Eruelo, nº 4, constaba de tres
pisos, con una superficie de 600 metros cuadrados y un valor de 1.000 pesetas,
siendo sus linderos por la derecha Félix del Olmo; por la izquierda, camino del
Pilar; espalda, Manuel Fiel y Esteban Barrios; por el frente, dicha plazuela.
Imagen
actual de la casa que fue del cura y Comisario del S. O. don Pedro de la Cueva
en el siglo XVIII
[1]
Biblioteca Nacional de
España. Manuscrito 7298. Diccionario Geográfico de España: Cuenca. Tomás López.
[2] El edificio, dividido en dos, tenía
por dueños en esa época a Luis Sevilla (parte derecha) y a Manuel del Olmo
Cantero (parte izquierda) y más cercana la iglesia.
[3]
Archivo Histórico Nacional,
FC_CAUSA_GENERAL,589, Exp.11, N.109. Carta de La Casa del Pueblo de La Ventosa
a Francisco Largo Caballero.
[4]
Los comisarios eran la
autoridad visible del Santo Oficio en las poblaciones, siendo principalmente sacerdotes.
Se trataba de un funcionario sin sueldo, pero que gozaba de prestigio y privilegios,
siendo nombrado por el inquisidor del tribunal de su distrito. Era el encargado
de recibir denuncias y trasladar información a la Inquisición, entre otras
cosas. En el caso de La Ventosa, también hubo familiares del Santo Oficio,
siendo varios de ellos miembros de la familia Cantero.
[5] Archivo Histórico Provincial de
Cuenca. Protocolos notariales de Juan Bernardo Martínez Muñoz. Signatura P-1875.
[6]
Puede tratarse del arquitecto
Francisco de Toledo, quien intervino en la construcción de la Torre del Reloj
de la ciudad de Huete.
[7] Real Academia Española. Zaguán:
Espacio cubierto situado dentro de una casa, que sirve de entrada a ella y está
inmediato a la puerta de la calle.
[8]
Real Academia Española.
Postigo: puerta que está fabricada en una pieza sin tener división ni más de
una hoja, la cual se asegura con llave, cerrojo, picaporte, etc.
[9] Imagen de los años 50 del siglo XX
en la que se puede observar la ventana tapiada que estaba situada encima de la
puerta principal. Encima de dicha ventana debía estar situado el escudo de la Inquisición
que fue destruido en 1936.
[10]
Dos siglos después había una
habitación cuya ventana daba a la Plaza del Eruelo que era conocida
familiarmente como “del oratorio”.
[11] RAE. Morillos: cada uno de los
caballetes de hierro que se ponen en el hogar para sustentar la leña.
[12]
RAE. Llar: cadena de hierro,
pendiente en el cañón de la chimenea, con un garabato en el extremo inferior
para colgar la caldera, y a poca distancia otro para subirla o bajarla.
[13] RAE. Tinada: cobertizo para tener
recogidos los ganados.
[14] RAE. Cocedero: pieza o lugar en que
se cuece algo, y especialmente el vino.
[15]
Estos dos escudos de la
Inquisición se encuentran en El Recuenco y en Priego (Cuenca). Según la tradición
oral familiar, el escudo de La Ventosa que destruyeron en 1936 era de la Inquisición,
estaba como dividido en cuatro partes y tenía una “pluma” y una espada, por lo
que encaja con los modelos presentados.
[16]
En la escritura del
inventario y partición de los bienes raíces que quedaron por fallecimiento del
señor don Pedro de la Cueva, resultaron 182 almudes de tierras, 10.384 vides,
439 pies de olivas, una era de pan trillar y dos corrales de ganado,
ascendiendo el valor de estos bienes a 43.015 reales.
[17] Archivo Histórico Provincial de
Cuenca. Protocolos notariales de Juan Bernardo Martínez Muñoz. Signatura P-1875.
[18]
Natural de Villanueva de
Guadamejud (Cuenca), fue alcalde de La Ventosa y marido de Matilde Cantero, heredera de
la parte de casa que en 1797 le tocó en herencia a don Andrés Cantero de la
Cueva.
[19] Luis Sevilla era nieto de
Saturnina Martínez Chamorro, sobrina del presbítero don Andrés Chamorro y
heredera de su casa.
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